El 28 de mayo, fecha límite para solicitar el voto por correo para las elecciones europeas
Los electores podrán pedir el voto por correo para las próximas elecciones europeas del 7 de mayo hasta el próximo 28 de mayo, de acuerdo con el calendario fijado tras la convocatoria oficial de esas elecciones.
Correos ha recordado que la solicitud correspondiente puede presentarse en cualquier oficina de este organismo previa presentación del DNI, pasaporte o permiso de conducir. Si el elector fuera un ciudadano de la UE que haya optado por ejercer su derecho al voto en España también podrá hacerlo por correo acreditando su identidad en los mismos plazos y por idéntico procedimiento que los españoles.
Las peticiones serán trasladadas con carácter certificado y urgente a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.
Certificado que, junto con la documentación electoral (sobres y papeletas), se enviará urgente al domicilio que haya indicado el solicitante. Para enviar su voto, el elector tendrá de plazo hasta el día 3 de junio.
Por su parte, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio a los ciudadanos inscritos en el Censo de Residentes Ausentes su certificado de inscripción y el resto de la documentación electoral. Recibida la citada documentación, el elector podrá ejercer su derecho al voto, bien entregando personalmente el sobre de votación en la Oficina Consular en que esté inscrito, hasta el 31 de mayo, o mediante voto por correo.
En este último caso, introducirá el sobre de votación, junto con el certificado de inscripción en el censo y demás documentación que deba acompañar, en el sobre que va dirigido a la Junta Electoral Provincial y lo podrá remitir hasta el 6 de junio inclusive por correo certificado y urgente.
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