viernes, 26 de septiembre de 2008

Ley de Municipios de Gran Población


La Ley de Municipios de Gran Población supera en el Parlamento el debate a la totalidad

Clara Aguilera señaló que la norma, la primera que se debate en la Cámara durante esta legislatura, permitirá reforzar la autonomía local

Andalucía, 24 de septiembre de 2008

La consejera de Gobernación, Clara Aguilera, ha afirmado que la Ley andaluza de Municipios de Gran Población es un instrumento de refuerzo de la autonomía local, otorgando a los ayuntamientos de mayor densidad demográfica la posibilidad de asumir un régimen organizativo distinto, para dar una mejor respuesta a las necesidades derivadas de las diferentes dimensiones territoriales y de la composición demográfica de cada municipio. Aguilera ha comparecido ante el Parlamento andaluz para defender este proyecto de Ley, el primero que se debate en la Cámara autonómica durante esta legislatura. La normativa, que se ha tramitado por vía de urgencia con el acuerdo de todos los grupos políticos de la Cámara, ha superado el debate a la totalidad.

Este proyecto de Ley, que regula el acceso de los municipios andaluces al régimen de organización de Municipios de Gran Población, responde a un "compromiso firme del Gobierno andaluz con los ayuntamientos" y contribuye a articular la realidad local de Andalucía.

La titular de Gobernación ha explicado que esta normativa tiene en cuenta las singularidades de los municipios con mayor número de habitantes, considerando además de sus "especiales características demográficas, las funcionales, organizativas y de capacidad de gestión", dándoles herramientas para "diseñar y gestionar políticas" con las que "atender de manera cercana" las necesidades de su ciudadanía.

Entre otras cuestiones, el nuevo régimen organizativo permite que los ayuntamientos organicen sus plenos de forma que sus sesiones puedan estar presidas por una persona distinta al alcalde, y que sean además un órgano de debate y de adopción de medidas estratégicas mientras se refuerza el perfil ejecutivo de la Junta de Gobierno local.

También conlleva la creación de un órgano especializado para el conocimiento y la resolución de las reclamaciones sobre actos tributarios de competencia local, así como la constitución del denominado Consejo Social de la ciudad, un organismo consultivo donde se integran las principales organizaciones económicas y sociales, centrado en el desarrollo local y en la planificación estratégica urbana.

Esta nueva legislación desarrolla la Ley estatal 57/2003 sobre Medidas para la Modernización del Gobierno Local y constituye también "la antesala del proceso para definir un Nuevo Modelo Local", según la consejera, en el que ya se está trabajando desde la Junta.

Características

El texto legal se aplicará a los municipios que sean capitales de provincia y cuya población no supere los 175.000 habitantes, así como a aquellos que tengan más de 75.000 habitantes y presenten especiales circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales.

La consejera ha destacado que el acceso de estos ayuntamientos a la nueva forma de organización es decisión de los consistorios, que la ejercen de forma voluntaria. En cuanto al procedimiento establecido, la solicitud debe partir del Pleno municipal y se acompañará de una memoria justificativa y de un certificado del Instituto Nacional de Estadística con las cifras del censo. El Parlamento de Andalucía tendrá que pronunciarse sobre la petición y, una vez aprobada, el ayuntamiento tendrá seis meses para adaptar sus normas de organización.

Huelva, Cádiz y Jaén podrán acogerse a la nueva normativa por ser capitales de provincia con menos de 175.000 habitantes. Por su parte, los municipios con más de 75.000 habitantes son El Ejido (Almería), Algeciras, El Puerto de Santa María, Jerez de la Frontera y San Fernando (Cádiz); Marbella (Málaga) y Dos Hermanas (Sevilla).

El resto de capitales de provincia han podido acceder a esta nueva fórmula organizativa a través de la legislación estatal. Así, Córdoba, Málaga y Sevilla, por tener más de 250.000 habitantes, y Almería y Granada, por ser capitales de provincia entre 175.000 y 250.000 habitantes.

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