miércoles, 29 de octubre de 2008

Aplicación de la Ley de Memoria Histórica en Andalucía


Proposición no de Ley relativa a aplicación de la Ley de la Memoria Histórica en Andalucía
Aprobada por el Pleno del Parlamento en sesión celebrada los días 8 y 9 de octubre de 2008


Orden de publicación de 15 de octubre de 2008


PROPOSICIÓN NO DE LEY EN PLENO RELATIVA A APLICACIÓN DE LA LEY DE LA MEMORIA HISTÓ RICA EN ANDALUCÍA

1. El Parlamento de Andalucía manifiesta su apoyo a las actuaciones emprendidas por los familiareso asociaciones para el reconocimiento moral o la reivindicación de la Memoria Histórica, instando a las Administraciones Públicas y a las instituciones concernidas para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, arbitren las medidas precisas para dar cumplimiento a las obligaciones que derivan de la Ley 52/2007, prestando colaboración y facilitando de modo activo las actuaciones conducentes a la localización e identificación de personas desaparecidas, así como la adopción de las medidas que fueran precisas para la preservación de los lugares directamente relacionados con los hechos.

2. El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a:

1.º Continuar con las actuaciones de colaboración con las entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la localización e identificación dignas de las fosas, facilitando a los descendientes directos que lo soliciten las actividades de indagación y localización de las personas que desaparecieron en la guerra civil.

2.º Promover el instrumento jurídico preciso que permita que los espacios en los que se localicen los restos de las víctimas puedan estar sometidos a un régimen de protección y conservación como lugares de memoria.

3.º Colaborar con las entidades locales andaluzas, mediante la suscripción de los oportunos convenios de colaboración, para adoptar las medidas necesarias en orden a la retirada de objetos y menciones conmemorativas de exaltación personal y colectiva de la sublevación militar, guerra civil o represión de la Dictadura.

4.º Que en el Mapa de Fosas elaborado por las universidades andaluzas, las asociaciones de la Memoria Histórica y la Consejería de Justicia y Administración Pública se incluyan, para su especial preservación, los lugares de memoria, cuando sean de titularidad pública o privada, tal como recomienda la Resolución del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006.

Publicada en el BOPA, nº 105. 29 de octubre de 2008

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