lunes, 28 de abril de 2008

Comisiones del Parlamento de Andalucía

COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA COMISIONES, GRUPOS DE TRABAJO Y PONENCIAS DE ESTUDIO

Los Grupos Parlamentarios Socialista, Popular de Andalucía e Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía hacen la siguiente:


PROPUESTA DE ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE COMISIONES PERMANENTES

"1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:
1.ª Presidencia.
2.ª Economía y Hacienda.
3.ª Innovación, Ciencia y Empresa.
4.ª Gobernación.
5.ª Justicia y Administración Pública.
6.ª Obras Públicas y Transportes.
7.ª Vivienda y Ordenación del Territorio.
8.ª Empleo.
9.ª Turismo, Comercio y Deporte.
10.ª Agricultura y Pesca.
11.ª Salud.
12.ª Educación.
13.ª Igualdad y Bienestar Social.
14.ª Cultura.
15.ª Medio Ambiente.


2. Son también Comisiones Permanentes aquellas que deban constituirse por disposición legal y las siguientes:
1.ª Reglamento.
2.ª Estatuto de los Diputados.
3.ª Gobierno Interior y Peticiones.
4.ª Control de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y de sus sociedades filiales.
5.ª Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con representación en el Parlamento de Andalucía.
6.ª Desarrollo Estatutario
7.ª Asuntos Europeos."


El criterio de distribución de competencias entre Comisiones Permanentes Legislativas es el siguiente:
1.º Presidencia, que comprende la organización de las instituciones de autogobierno, relaciones institucionales, la comunicación social y la cooperación internacional al desarrollo.
2.° Economía y Hacienda, que comprende la política económica general, la planificación económica, la coordinación de la inversión pública, el sistema financiero y crediticio, el control financiero y los programas de actuación de las empresas públicas andaluzas, la promoción exterior, las finanzas y el Presupuesto.
3.° Innovación, Ciencia y Empresa, que comprende la industria, la energía y la minería, el desarrollo tecnológico, la economía social, el fomento empresarial y del autoempleo, la investigación, las universidades y los sistemas de información y telecomunicaciones.
4.° Gobernación, que comprende la Administración Local, la seguridad ciudadana, la coordinación de las políticas migratorias y el consumo.
5.° Justicia y Administración Pública, que comprende la justicia, el régimen jurídico de la Administración y la Función Pública.
6.º Obras Públicas y Transportes, que comprende las infraestructuras, las carreteras, los ferrocarriles, los transportes y los puertos.
7.° Vivienda y Ordenación del Territorio, que comprende la ordenación territorial, el urbanismo, el suelo, la arquitectura y la vivienda.
8.° Empleo, que comprende el empleo, el trabajo y la seguridad social.
9.° Turismo, Comercio y Deporte, que comprende lo relativo a la actividad y promoción del turismo, el comercio, así como la práctica deportiva.
10.° Agricultura y Pesca, que comprende la política correspondiente a estos sectores, la ganadería y el desarrollo agrario y rural, así como la investigación y formación relativa a los mismos.
11.° Salud, que comprende la política de salud, la planificación y la asistencia sanitaria.
12.° Educación, que comprende la planificación, ordenación, evaluación y orientación de las enseñanzas no universitarias.
13.° Igualdad y Bienestar Social, que comprende todos aquellos aspectos que inciden de una manera directa en la mejora de las condiciones de vida de la mujer andaluza, así como los servicios sociales, la prevención, asistencia y reinserción social de drogodependientes,
los programas de solidaridad y las políticas de atención a la infancia, juventud, personas
con discapacidad, situaciones de dependencia, mayores y minorías étnicas.
14.° Cultura, que comprende los bienes culturales, las instituciones del patrimonio histórico y el fomento y promoción cultural.
15.° Medio Ambiente, que comprende los recursos naturales, el medio ambiente y las políticas de agua y forestal.


El criterio de distribución de competencias entre las Comisiones Permanentes no Legislativas es el siguiente:
1.° Reglamento, encargada de la tramitación de la reforma del Reglamento del Parlamento.
2.° Estatuto de los Diputados, que comprende los asuntos que le atribuye el artículo 48 del Reglamento del Parlamento.
3.° Gobierno Interior y Peticiones, que comprende los asuntos que le atribuye el artículo 49 del Reglamento del Parlamento, las relaciones con el Defensor del Pueblo Andaluz y las comparecencias de las personas propuestas para cubrir puestos en los órganos de extracción parlamentaria.
4°. Control de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y de sus sociedades filiales, que ejercerá el control parlamentario y en la que se tramitarán las Proposiciones no de Ley en Comisión relacionadas con la actuación de la citada Agencia Pública Empresarial.
5.° Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con representación en el Parlamento de Andalucía, comprende el estudio, análisis y, en su caso, propuestas acerca de la financiación de las formaciones políticas presentes en la Cámara.
6.° Desarrollo Estatutario, que comprende la valoración, seguimiento y control del proceso de trasferencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de sus sistemas de financiación y estudio de propuestas de índole no legislativa sobre reformas de la legislación electoral andaluza.
7.° Asuntos Europeos, que comprende el seguimiento y evaluación parlamentaria de las cuestiones de la Unión Europea de dimensión institucional o intersectorial con trascendencia para Andalucía.

1. La composición de las Comisiones de Reglamento, Estatuto de los Diputados y Gobierno Interior y Peticiones será la establecida en el Reglamento del Parlamento.
2. Las Comisiones de Desarrollo Estatutario y de Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con representación en el Parlamento de Andalucía estarán compuestas por dos miembros por cada Grupo parlamentario y adoptarán sus acuerdos mediante voto ponderado.
3. El número de miembros que compondrán las Comisionesde Control de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y de sus sociedades filiales y Asuntos Europeos será igual al establecido para las Comisiones Permanentes Legislativas.

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