Respuesta del Gobierno a la pregunta:
¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para impulsar el «Plan de Apoyo al Sector de Fabricación y Componentes del Calzado, Curtidos y Marroquinería», con el que mejorar la competitividad del sector marroquinero de nuestro país y especialmente el ubicado en Ubrique y otras localidades de la Sierra de Cádiz? En el caso de que piense adoptar alguna medida, ¿cuándo lo hará? ¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para impulsar la innovación en el sector marroquinero?
Respuesta
Los subsectores de fabricación de calzado, componentes del calzado, curtido y marroquinería, constituyen una importante industria manufacturera de gran tradición que está sufriendo el proceso de globalización que está teniendo lugar con la liberalización del comercio mundial, sobre todo a partir de la supresión del sistema de contingentes el 1 de enero de 2005.
Por ello, el «Plan de apoyo al sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería» persigue paliar las consecuencias negativas que para los trabajadores y los territorios puedan derivarse del fenómeno de la globalización de la economía, la liberalización del mercado y el incremento de la competencia de países emergentes, con costes laborales muy inferiores.
Asimismo, los objetivos prioritarios del Plan son impulsar la competitividad y la innovación, así como el mantenimiento del empleo de un colectivo aproximado de 40.000 trabajadores, de los que más de 28.000 corresponden al subsector del calzado, unos 5.500 al curtido y cerca de 6.500 a marroquinería; estando su ámbito geográfico muy concentrado, esto es, básicamente, la mitad de los trabajadores de este sector se concentra en la Comunidad Valenciana (48%), y el resto se reparte entre Cataluña (10%), Castilla-La Mancha (10%), La Rioja (8%) y Andalucía (6%).
Las principales líneas de actuación previstas son las siguientes:
•—Favorecer el mantenimiento del empleo en el sector a través, fundamentalmente, de las medidas de formación continua en las empresas y de la incentivación especial alas empresas que mantengan en su plantilla a trabajadores mayores de 55 años.
•—Facilitar la recualificación y reciclaje profesional y la empleabilidad de los trabajadores excedentes del sector mediante acciones de orientación profesional, planes de formación sectorial y acciones de formación profesional ocupacional.
•—Favorecer la reinserción laboral y recolocación de los trabajadores excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtido y marroquinería en otros sectores de actividad, mediante la aplicación de un programa de fomento del empleo específico de los indicados trabajadores, en el que se dé un tratamiento especial, más intenso, a los trabajadores de más edad.
•—Proporcionar a los trabajadores excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtido y marroquinería de mayor edad y con una larga trayectoria profesional en el mismo una cobertura social especial mediante el reconocimiento de complementos de rentas en situaciones de especial necesidad.
•—Proporcionar, asimismo, una cobertura especial, durante la situación de desempleo, a los trabajadores que resulten excedentes del sector que, con carácter previo a la extinción de sus contratos, se hubieran visto afectados por expedientes de suspensión de contratos y como consecuencia de ello hubieran consumido prestaciones por desempleo.
•—Facilitar el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas, en particular las derivadas del ajuste laboral que realicen a través de los oportunos expedientes de regulación de empleo.
No obstante, para la aplicación del «Plan de apoyo al sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería», es necesario realizar, el correspondiente desarrollo reglamentario mediante la publicación del Real Decreto que regule las medidas de apoyo a estos sectores.
El proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial, se está tramitando actualmente, habiéndose informado sobre el mismo a las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales.
Con el objeto de confirmar que la citada norma es respetuosa con la legislación comunitaria sobre competencia, se ha notificado el Proyecto a la Comisión Europea, estando en la actualidad pendiente del pronunciamiento de las autoridades comunitarias en la materia. Una vez se obtenga una respuesta de las autoridades comunitarias, el proceso de elaboración del Real Decreto culminará con la emisión del dictamen preceptivo del Consejo de Estado, la aprobación en Consejo de Ministros y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En cuanto a las medidas industriales y financieras contenidas en el mismo, se encuentran operativas en su totalidad.
Madrid, 21 de octubre de 2008.
Publicada en el BOCG, SENADO, SERIE I. NÚM. 122.12 DE NOVIEMBRE DE 2008
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